Descripción general y elegibilidad del programa SC Stay Plus (asistencia de alquiler de emergencia COVID-19)
Última actualización: 1 de agosto de 2023
Se ha agotado toda la financiación para SC Stay Plus proporcionada por el Tesoro de los Estados Unidos.
Lamentamos no poder ofrecerle más ayuda financiera, pero somos conscientes de que aún puede necesitarla. Si necesita más ayuda, llame al 211 o visite https://sc211.org(opens in a new tab)(opens in a new tab)(opens in a new tab) para encontrar recursos en su zona.
SC Stay Plus se creó para ayudar a los hogares de Carolina del Sur que no pueden pagar el alquiler y los servicios públicos debido a la pandemia de COVID-19. Se proporcionó pagos directamente a los propietarios y empresas de servicios públicos en nombre de los inquilinos afectados. Estos fondos estaban disponibles para los habitantes de Carolina del Sur en virtud de la Ley de Asignaciones Consolidadas de 2021, la Resolución Conjunta de Carolina del Sur R.26 y el Ley del Plan de Rescate Estadounidense de 2021 . Este programa difiere de SC Stay, un programa anterior de asistencia para hipotecas y alquileres, y es administrado por la Autoridad de Financiamiento y Desarrollo de Vivienda del Estado de Carolina del Sur (SCHousing).
Los fondos federales para asistencia de alquiler y servicios públicos por un monto de más de $ 300 millones se pusieron a disposición de SC Housing de conformidad con la Ley federal de Asignaciones Consolidadas de 2021 y la Ley del Plan de Rescate Estadounidense de 2021.
Las asignaciones se otorgaron a los hogares elegibles de forma continua hasta el los fondos se agotaron, en julio de 2023. Se dio prioridad a los solicitantes de ingresos más bajos (solicitantes con un 50 % o menos del ingreso medio del área), solicitantes desempleados durante más de 90 días y solicitantes a quienes se les proporcionó un aviso de desalojo o un aviso de falta de pago.
SC Stay Plus proporcionó hasta 12 meses de alquiler atrasado (atrasos) provocados por la inestabilidad financiera relacionada con COVID-19. Estos atrasos deben haber ocurrido durante o después del 13 de marzo de 2020. En ciertos casos, se proporcionaron hasta tres (3) meses adicionales de asistencia de alquiler en el futuro para garantizar la estabilidad de vivienda de las personas en riesgo de quedarse sin hogar o inestabilidad de vivienda. Además, SC Stay Plus brindó asistencia con los servicios públicos (pagados directamente a las empresas de servicios públicos) para los costos vencidos de servicios públicos y energía del hogar.
Requisitos de elegibilidad: para calificar para la asistencia de alquiler, un hogar elegible debe cumplir con varios criterios[1]. Para ser elegible para SC Stay Plus, un hogar (definido como un hogar arrendatario en el que una o más personas que califican para pagar el alquiler de una vivienda residencial) debe cumplir con los siguientes requisitos:
- El hogar debe estar obligado a pagar el alquiler de una vivienda residencial, Y
- Uno o más miembros del hogar pueden demostrar riesgo de quedarse sin hogar o inestabilidad en la vivienda, Y
- El ingreso total del hogar es igual o inferior al 80% del ingreso medio del área según lo define el gobierno federal, Y
- Uno o más miembros del hogar deben cumplir con uno de los siguientes:
- Calificado para beneficios de desempleo, o
- Experimentó una reducción en los ingresos del hogar, o
- Costos significativos incurridos, o
- Experimentó otras dificultades financieras debido al brote de COVID-19.
Se debe priorizar tres tipos de hogares elegibles para recibir asistencia de conformidad con la Ley 17 de Carolina del Sur de 2021:
- Hogares elegibles que incluyen a una persona que ha estado desempleada durante 90 días o más antes de solicitar asistencia.
- Hogares elegibles con ingresos iguales o inferiores al 50 % del ingreso medio del área.
- Hogares elegibles que están en riesgo de desalojo.
SC Stay Plus no cubrirá los gastos de alquiler o servicios públicos que hayan sido cubiertos por otra asistencia de alquiler financiada por el gobierno federal. SC Stay Plus es solo para inquilinos; el programa no cubrirá ningún gasto hipotecario ni gastos de servicios públicos para los propietarios de viviendas.
[1] Estos criterios se derivan de: 1) la guía del Departamento del Tesoro de EE. UU. con respecto a los requisitos del programa de Asistencia de Alquiler de Emergencia (ERA) según lo establecido por la Ley de Asignaciones Consolidadas, 2021 (revisada el 16 de marzo de 2021), y 2) Carolina del Sur Conjunto Requisitos de la resolución R.26 (modificada el 4 de marzo de 2021).